La Agencia Nacional de Tierras (ANT) publicó un proyecto de acuerdo que definiría los lineamientos para la administración de los predios baldíos que forman parte de la reserva territorial del Estado, como islas, islotes y cayos de los mares nacionales. El propósito de esta regulación sería definir el uso y aprovechamiento de estos terrenos que, por su naturaleza jurídica, no pueden ser adjudicados a particulares ni entidades.
El reglamento excluiría de su aplicación a ciertas áreas como los parques nacionales naturales y territorios destinados a la preservación de ecosistemas. También se excluirían las islas del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las cuales tienen un régimen especial de protección según la Ley 47 de 1993.
Además, los territorios adjudicados a comunidades étnicas tampoco estarán sujetos a esta normativa. (Lea: Procuraduría le pidió a la ANT reglas claras en procesos contractuales de Islas del Rosario)
Dentro de las modalidades de uso contempladas se incluirían actividades habitacionales, turísticas, hoteleras y de conservación de la biodiversidad. La ANT podrá suscribir contratos con particulares y entidades, tanto públicas como privadas, para el aprovechamiento de estos terrenos. Estos contratos tendrían una duración máxima de 12 años, sin posibilidad de prórroga automática.
Fuente: Ámbito Jurídico